Sentència SPPM Cat , contra l´Institut de Seguretat Pública de Catalunya (ISPC)

ANTECEDENTES: Primero.- Agente de la Policía Local de Santa Perpètua de Mogoda, que realizo el curso en l´Institut de Seguretat Pública de Catalu

ANTECEDENTES:

Primero.- Agente de la Policía Local de Santa Perpètua de Mogoda, que realizo el curso en l´Institut de Seguretat Pública de Catalunya (antes Escuela de Policía de Catalunya) en el año 1997, que durante la formación, se le abrió un expediente disciplinario y fue expulsado durante unos días. El agente presento demanda, la cual, fue ESTIMADA por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunta (TSJC), condenando a l´Institut de Seguretat Pública de Catalunya (ISPC), a las costas procesales por su actuación temeraria y negligente en todo el proceso.

Segundo.- El Agente de la Policía Local , suspendió el curso y fue declarado no apto. El funcionario presento demanda ante la calificación de no apto delante del TSJC, la Sala del Tribunal, en el año 2007, ESTIMO la demanda, teniendo el ISPC que aprobar y dar el diploma como «apto» al agente de la Policía Local.

Tercero.- Una vez ganadas las dos demandas ante el TSJC, el agente de la Policía Local , presento en el año 2008, una reclamación de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial contra ISPC. Dicho recurso fue desestimado por el Conseller d´Interior , Relacions Institucionals i Participació de la Generalitat de Catalunya. A posteriori el agente presento la correspondiente demanda de responsabilidad patrimonial ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, por daños morales y perjuicios , contra l´Institut de Seguretat Pública de Catalunya.

Cuarto.- Hoy día 15 de marzo de 2013, ha sido notificada la sentencia del TSJC y, después de 17 años litigando judicialmente, el fallo de la sentencia es el siguiente:

FALLO:

ESTIMAR parcialmente el presente recurso, debiendo la Administración demandada (Institut de Seguretat Pública de Catalunya), satisfacer al actor la cantidad de XXXXX € en concepto de daño moral.

Contra la sentencia del TSJC, no cabe interponer recurso ordinario de Casación.

La tres demandas han sido dirigidas por el abogado Vicenç Navarro Betrian.

SPPM-CAT

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