Auto SPLCME, el Juzgado Contencioso Administrativo no admite el pago de las costas procesales al Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda

ANTECEDENTES: Agente de la Policía Local y delegado sindical del SPLCME, desiste de un procedimiento delante del Juzgado Contencioso Administrati

ANTECEDENTES:

Agente de la Policía Local y delegado sindical del SPLCME, desiste de un procedimiento delante del Juzgado Contencioso Administrativo y la Administración demandada solicita la imposición de costas a la parte actora.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

En el caso que nos ocupa, no procede la imposición de costas a la parte actora, por cuanto no se aprecia en la parte actora temeridad o mala fe a los efectos de condena en costas.

En conclusión, las circunstancias concurrentes en el caso que nos ocupa, no permiten determinar que la conducta de la parte actora haya sido el actuar con el concreto ánimo de perjudicar a las demandadas, ni directa ni indirectamente.

Por lo expuesto, no se hace imposición de costas procesales.

PARTE DISPOSITIVA:

TENGO POR DESISTIDA a la parte demandante, declaro finalizado el Procedimiento ordinario XXXXX, en consecuencia, ACUERDO EL ARCHIVO de las presentes actuaciones.

No se hace imposición de costas procesales.

La demanda y defensa a no satisfacer las costas solicitadas por el abogado del Ayuntamiento ha sido dirigida por el letrado del sindicato Vicenç Navarro Betrian.

SPLCME

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