FUNDAMENTOS DE DERECHO El presente recurso contencioso-administrativo se interpone contra la desestimación por silencio administrativo del pag
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El presente recurso contencioso-administrativo se interpone contra la desestimación por silencio administrativo del pago del “factor de nocturnitat del complement específic” correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020, solicitado en su día. La parte recurrente pretende, según resulta del suplico de su escrito de demanda, la anulación del acto administrativo impugnado y que se haga efectivo el pago del diferencial salarial de 452,96 euros en concepto de complemento específico de nocturnidad de los meses de abril y mayo de 2020, más intereses.
La limitación de las retribuciones al 75% durante el tiempo de realización del preceptivo curso de formación específico, debe entenderse para el supuesto de que los funcionarios en prácticas no realicen otras actividades que las inherentes a dicho curso, pero en el presente caso, reconociéndose por la demandada que durante los meses de mayo y abril de 2020 prestó servicios en turno de noche y que cumplió con el supuesto de hecho que da lugar al cobro del complemento retributivo de nocturnidad, no ha lugar a la aplicación de la reducción del 25%. Lo que determina el abono de la diferencia retributiva reclamada
FALLO:
Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. XXXXXXX; anular, por no ser ajustada a Derecho, la desestimación por silencio administrativo, luego confirmada por resolución expresa desestimatoria de fecha 22 de mayo de 2023, objeto de este procedimiento, y declarar el derecho de la parte recurrente a percibir el complemento reclamado en cuantía de 452,96 euros, más intereses correspondientes.
SPLCME