HECHOS PROBADOS PRIMERO.- El demandado Sr. XXXXXX por resolución del INSS de fecha XX de diciembre de XXX fue declarado en situación de incapacid
HECHOS PROBADOS
PRIMERO.-
El demandado Sr. XXXXXX por resolución del INSS de fecha XX de diciembre de XXX fue declarado en situación de incapacidad permanente en grado de total para el ejercicio de su profesión habitual de Policía Local derivada de enfermedad común con el derecho a percibir prestación sobre la base reguladora de XXXXX euros en porcentaje del 55% y fecha de efectos económicos de XX de septiembre de XXXX.
SEGUNDO.- El demandado entrego su arma profesional y munición el día XX de enero de XXXX. Ese mismo día entrego las llaves del despacho como inspector, entrego las llaves del despacho de caporals y de la armería.
TERCERO.- Mediante el Decreto de Alcaldía del Ajuntament de Sant Andreu de Llavaneres el demandado ha sido recolocado con fecha de efectos de XX de marzo de XXXX en un puesto de trabajo de los servicios administrativos del Ayuntamiento con horario de 37,5 horas semanales. En el momento actual el Sr. XXXXXX realiza funciones de administrativo en los servicios territoriales del Ajuntament de Sant Andreu de Llavaneres en un sede distinta a la sede de la policía Local y ejerciendo funciones administrativas de apoyo a Arquitectos, Aparejadores y demás personal del área de Urbanismo del precitado Ayuntamiento.
F A L L O :
QUE DEBO DESESTIMAR la demanda formulada por el INSS contra el trabajador Sr. XXXXXX por considerar que no ha existido el pase del demandado a una segunda actividad policial en los términos que se describen en el escrito de demanda y en consecuencia debo mantener las resoluciones administrativas impugnadas en el presente procedimiento.
La defensa ha sido llevada por el abogado Vicenç Navarro Betrian
SPLCME