ANTECEDENTES: Agente Policía local de la provincia de Tarragona, el cual, tuvo una intervención a consecuencia resultó con lesiones varias.
ANTECEDENTES:
Agente Policía local de la provincia de Tarragona, el cual, tuvo una intervención a consecuencia resultó con lesiones varias.
FALLO:
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO: A XXXX como autores criminalmente responsables de un DELITO DE LESIONES previsto y penada en el artículo 147.1 del Código Penal, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y con la prohibición de comunicación y aproximación a menos de 500 metros durante el plazo de dos años, de conformidad con el artículo 57.1 del C.P.
En el día de hoy 7 de marzo de 2012, se recibe AUTO del Juzgado que DISPONE: Habiendose dictado sentencia y siendo firme , requierase al condenado a fin que en el término de diez días , ingrese en la cuenta del juzgado la suma de 6.774,54€ en concepto de indemnnización, con el apercibimiento de que en caso de impago, se iniciará la vía de apremio contra los bienes de su propiedad.
Requierase al penado a fin de que se abstenga de acercarse o comunicarse con la victima (agente de policía local) con el apercibimiento de poder incurrir, en caso contrario, en un delito de quebrantamiento de condena
La acusación particular la dirigió el abogado del sindicato señor Juan José Llamas Romay
SPPM-CAT