Sentencia SPPM Cat , contra el Ayuntamiento de Viladecans

ANTECEDENTES DE HECHO En fecha 10 de enero de 2008 se turno demanda ante este juzgado en la que, tras relatar los hechos terminaba solicitando

ANTECEDENTES DE HECHO

En fecha 10 de enero de 2008 se turno demanda ante este juzgado en la que, tras relatar los hechos terminaba solicitando se dictara sentencia por la que la colocación de vallas por parte de los Agentes de la Policía Local de Viladecans no se corresponde con las funciones atribuidas a los funcionarios de la Policía.

HECHOS PROBADOS

En el Sindicato Profesional de Policías Municipales  de Cataluña (SPPM-CAT) presento escrito ante el Ayuntamiento de Viladecans.

FUDAMENTOS DE DERECHO

El SPPM-CAT, sostiene que la obligación de colocar vallas por los agentes de la Policía Local contraviene la Ley 16/1991 de 10 de julio.

FALLO :

Que debo de ESTIMAR Y ESTIMO en parte el recurso contencioso – administrativo interpuesto por el SPPM Cat

Que los Agentes de la Policia Local del Municipio de Viladecans no deben colocar vallas que delimitan el perímetro del mercadillo semanal, como tampoco son funciones propias de los citados agentes la colocación de vallas para cerrar el Jardi Municipal y el Parc de Can Xic.

La demanda fue diridida por el abogado del sindicato señor Juan José Llamas Romay

SPPM-CAT

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