FUNDAMENTOS DE DERECHO Se recurre en este caso la resolución de X de abril de XXXX que desestima íntegramente el recurso interpuesto frente a la
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se recurre en este caso la resolución de X de abril de XXXX que desestima íntegramente el recurso interpuesto frente a la desestimación presunta por silencio de la instancia por la que solicitaba el abono de la diferencia no abonada del complemento específico desde el mes de julio de xxxx hasta el mes de diciembre de xxx, por un importe de 633, 64 €. La parte demandante alega en síntesis que la administración demandada retribuye el complemento específico por debajo de la suma estipulada en la RPT y el Anexo III de Acuerdo de Condiciones. La parte actora considera que debe abonarse de forma correcta el complemento específico durante el periodo señalado porque ello produce un enriquecimiento injusto al Ayuntamiento.
La parte demandada se ha opuesto a la demanda alegando que se han abonado correctamente los complementos reclamados.
FALLO
ESTIMAR el recurso contencioso administrativo. Se anula la resolución recurrida por no ser conforme a derecho. SE RECONOCE el derecho de XXXXX a percibir, en concepto de diferencias salarias relativas a la parte fija del complemento específico entre el mes de julio de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (633, 64 euros) más los correspondientes intereses legales, con expresa condena en costas a la parte demandada hasta un límite de 200 euros por todos los conceptos.
La demanda ha sido dirigida por el abogado del sindicato Vicenç Navarro
SPLCME