Sentencia SPLCME, el Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès, condenado a abonar 1.139,69 € del plus festivo

ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por la parte actora, a través de su representación procesal en autos, se interpuso recurso contencioso administra

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la parte actora, a través de su representación procesal en autos, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la denegación por silencio administrativo de la instancia que presentó el recurrente el XX de noviembre de XXXX en el que solicitaba:

“Que se’m retribueixi la quantitat total de 1.343,60 € que hauria d’haver rebut en concepte de plus festiu, més els interessos de demora, del període comprès entre l’abril de 2015….”

FALLO

ESTIMAR el presente recurso contencioso administrativo. REVOCAR la resolución impugnada y CONDENAR al Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallés a abonar al recurrente la cantidad de 1.139,69 €, más los intereses correspondientes, así como la condena en costas, si bien limitadas a 300 euros por todos los conceptos.

La demanda ha sido dirigida por el abogado del sindicato Vicenç Navarro Betrian

SPLCME

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