ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO – En el recurso contencioso-administrativo nº 000/XXXX, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado ante el
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO –
En el recurso contencioso-administrativo nº 000/XXXX, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº X de Barcelona, a instancias de la persona física aquí apelada, frente al Ayuntamiento demandado y apelante, se dictó Sentencia en fecha X de junio de XXXX, en cuyo fallo se acordó : “Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de D. XXXXXXXXX, y en consecuencia, ANULO Y DEJO SIN EFECTO dicha actuación por no ser conforme a derecho, reconociendo a Dña. XXXXXXXXXXXXXXXXXX (actuando en representación del fallecido D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXX), el pago del del complemento de productividad correspondiente a los años 2012 a 2016 de conformidad con lo previsto en el art. 34 del Pacto para las condiciones de trabajo para los ejercicios 2009 a 1011, fijado en el importe de 3.157´99 € ; con más los intereses legales que correspondan.
SEGUNDO – Contra la referida Sentencia se formuló recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido a trámite, con traslado a la parte demandante, que evacuó escrito oponiéndose a dicho recurso.
F A L L A M O S
En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Cuarta) ha decidido :
DECLARAR LA INADMISIBILIDAD del recurso de apelación interpuesto por el Letrado XXXXXXX, Letrado de la Diputación de Barcelona, actuando en nombre y defensa del AJUNTAMENT DE SANT ESTEVE DE SESROVIRES, contra la Sentencia dictada en fecha X de junio de XXXX por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Barcelona.
La demanda ha sido dirigida por el abogado Vicenç Navarro Betrian.
SPLCME