SENTENCIA SPLCME, el Tribunal Superior confirma la sentencia y deberá restituir a un Cabo de la Policía Municipal a su anterior puesto de trabajo (Unidad de Tráfico), y el abono de los haberes dejados de percibir

ANTECEDENTES: El gabinete jurídico del SPLCME, impugno la orden del Cuerpo de la Policía Municipal de Sabadell de marzo de 2018, en la que se ac

ANTECEDENTES:

El gabinete jurídico del SPLCME, impugno la orden del Cuerpo de la Policía Municipal de Sabadell de marzo de 2018, en la que se acuerda que un Cabo, que prestaba servicios en la Unidad de Tráfico y Proximidad, pasara a prestar servicios, en horario de mañana en el Área de Vigilancia de Territorio.

El Juzgado Contencioso Administrativo dio la razón en primer lugar al afiliado del sindicato, al entender que la orden del Intendente Mayor,  no estaba motivada, no cumpliendo las exigencias legales.

El Ayuntamiento de Sabadell, realizo  recurso de apelación, manifestando  el principio de discrecionalidad en la organización administrativa, medios personales y materiales, para decidir las funciones a cumplir por los subordinados, como manifestación del principio de autoorganización.

En el escrito de oposición al recurso de apelación por parte del Sr. XXXXXX, se solicita la confirmación de la sentencia y desestimación del recurso de apelación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO DE LA SENTENCIA DEL TSJC

En el presente caso, la sentencia es contundente en el reconocimiento de la inexistencia de motivación de las razones o causan que puedan haber justificado el cambio de turno y puesto de trabajo, pues mencionar la Unidad de destino no es suficiente.

FALLAMOS:

Desestimamos el recurso de apelación.

La demanda y defensa del recurso de apelación ha sido dirigida por el abogado Sr. Vicenç Navarro Betrian.

SPLCME

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