Sentencia SPPM Cat , contra el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrù

ANTECEDENTES: Agente de la Policía Local de Vilanova i la Geltrú, quien ejercitó una pretensión de indemnización por responsabilidad patrimonial

ANTECEDENTES:

Agente de la Policía Local de Vilanova i la Geltrú, quien ejercitó una pretensión de indemnización por responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrù, fundado en que considera que se le ha sometido a varios expedientes disciplinarios de manera injustificada y arbitraria, lo que le ha generado una serie de lesiones (fundamentalmente trastorno de ansiedad y trastorno depresivo).

Como consecuencia de lo anterior, procede estimar el recurso contencioso-administrativo objeto del presente procedimiento y, en consecuencia, anular la actuación administrativa impugnada y declarar la responsabilidad del AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ por los hechos referidos, reconociendo al actor a ser indemnizado en la cantidad de

FALLO: Que debo ESTIMAR y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE el recurso contencioso administrativo, y en consecuencia

1. Se anula la citada actuación administrativa.

2. Se reconoce el derecho de D. XXX a ser indemnizado por el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrù en la cantidad de 13.070,21€ con las actualizaciones previstas en el artículo 141.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, y los intereses contemplados en el artículo 106.2 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3. Se condena a la Administración demandada al pago de las costas devengadas en este proceso a la actora«.

Reflexión del SPPM-CAT

Por parte del SPPM-CAT se denunció vía administrativa, ya en octubre de 2013, la existencia de un ambiente de trabajo tóxico generado por el trato denigrante de algunos miembros de la escala de mandos en el ejercicio de sus funciones. Esta situación motivó que se solicitara un estudio de riesgos psicosociales en el seno de la Policía Local.

Esta sentencia no aborda esta problemática desde la perspectiva de los riesgos psicosociales (sino desde la exigencia de responsabilidad patrimonial de la Administración en el ejercicio de potestades públicas, en este caso, la referida a la potestad disciplinaria sobre los funcionarios, condenando que ésta se ejercite de forma injustificada y arbitraria).

No obstante, esta sentencia abre una brecha para implementar medidas desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales que eviten situaciones como la descrita (trato denigrante y ambiente tóxico  de trabajo).

Agradecimiento

En este contexto, por su apoyo personal y en su calidad de Coordinador del SPPM CAT , el Sr. OSCAR VIRGILI GARCÍA, merece el expreso reconocimiento por parte del compañero afectado, en la medida que su compromiso personal y como Delegado Sindical, ha sido de gran valor en todo momento.

SPPM Cat

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