EL JUZGADO DE SABADELL ARCHIVA LA CAUSA CONTRA UN AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE STA PERPÈTUA DE MOGODA.

HECHOS  ÚNICO.- En su día fue presentado en este Juzgado la precedente denuncia, refiriendo la efectividad de unos hechos que presentaban caracter

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HECHOS 

ÚNICO.- En su día fue presentado en este Juzgado la precedente denuncia, refiriendo la efectividad de unos hechos que presentaban características que hacían presumir la posible existencia de una infracción penal: habiéndose practicado cuantas diligencias se han considerado esenciales para el esclarecimiento de los hechos y las personas que en ellos intervinieron. 

El abogado del sindicato SPLCME se opone a la denuncia realizada por el ciudadano.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS 

ÚNICO.- De las actuaciones obrantes en Autos, resulta debidamente justificado que los hechos que han dado lugar a la formación de la causa, no son constitutivos de ilícito penal alguno; procediendo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 637-2de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, acordar el Sobreseimiento Libre de las presentes actuaciones, ordenando el archivo de las mismas

PARTE DISPOSITIVA 

Vistos los precitados artículos y demás de general y pertinente aplicación 

DISPONGO: El SOBRESEIMIENTO LIBRE y ARCHIVO de las presentes diligencias, por no ser los hechos constitutivos de infracción penal.

La defensa del afiliado ha sido dirigida por el abogado del sindicato Sr.  Jaime Lapaz Castillo

SPLCME

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