Sección Sindical SPPM Cat de Guardia urbana de Barcelona-Auto del Juzgado del Contencioso Administrativo de Barcelona

ANTECEDENTES: El Ayuntamiento de Barcelona, hasta la fecha, no retribuía económicamente a sus agentes de la Guardia Urbana de Barcelona los juicio

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ANTECEDENTES: El Ayuntamiento de Barcelona, hasta la fecha, no retribuía económicamente a sus agentes de la Guardia Urbana de Barcelona los juicios estando de baja facultativa, estando los policías obligados por Ley asistir siempre que fueran requeridos por la Autoridad Judicial.

El gabinete jurídico del sindicato, realizo demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona, entendiendo que el Ayuntamiento debía abonar los juicios a sus agentes, aunque estos estuvieran de baja médica. La demanda que interpuso el Presidente de la sección sindical, Juan Avila, del SPPM-Cat de la GUB fue ESTIMADA íntegramente.

Dieciocho agentes de la GUB, que se encontraban en la misma situación que Juan Avila,  reclamaron al Ayuntamiento que les fueran abonados económicamente los juicios en que habían asistido estando de baja médica. El Ayuntamiento de Barcelona no resolvió la petición de los dieciocho agentes, teniendo estos que presentar solicitud de extensión de sentencia ante el Juzgado Contencioso Administrativo.

Siendo el fallo el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA:

ESTIMAR la pretensión actora de solicitud de extensión de efectos de la sentencia de este Juzgado.

No cabe recurso alguno.

La demanda ha sido dirigida por el Gabinete Jurídico del Sindicato

SPPM Cat

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