ANTECEDENTES: Por parte del letrado del sindicato SPPM Cat, en nombre y representación del agente Sr. XXX , de la Policía Local de Cerdanyola de
ANTECEDENTES:
Por parte del letrado del sindicato SPPM Cat, en nombre y representación del agente Sr. XXX , de la Policía Local de Cerdanyola del Vallès, se formuló demanda de recurso contencioso administrativo en contra de la desestimación de la solicitud de prestaciones económicas por plus festivos comprendido en los periodos de abril 2015 a junio 2017.
El Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès, sostiene que el acuerdo aprobado por el Pleno tiene carácter programático y que no comportó la modificación de la relación de puestos de trabajo. Asimismo, añade la Administración el informe emitido por el interventor municipal, que el indicado acuerdo contravendría la Ley 22/2013, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2015 en cuya virtud las retribuciones del personal al servicio del sector público no podían experimentar incremento alguno.
FALLO:
ESTIMAR el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. XXX y, en su consecuencia, ANULAR, y dejar sin efecto la resolución impugnada por ser contraria a Derecho y se reconoce el derecho de D XXX a que por parte del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès se le abone la cantidad de 1.836,33 €, más los intereses legales correspondientes, señalados en el Fundamento Jurídico Tercero de la presente resolución judicial.
SPPM Cat
COMENTARIO: esta sentencia puede beneficiar a todo el colectivo de la policía local de Cerdanyola del Vallès, que se encuentre en la misma situación que el demandante. Según nos informan, puede tener un coste superior a los 200.000 €.